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Grupo de empresarios sentados alrededor de la mesa

Adquirir nacionalidad por Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos

La ley 20/2022, también llamada Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos, de fecha 19 de octubre del año 2022, es una norma que permite solicitar la nacionalidad española basado en ciertas causales que harían procedente el adquirir una doble nacionalidad.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA NACIONALIDAD POR LA LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA?

HIJOS Y NIETOS DE ESPAÑOLES

Los hijos o nietos nacidos fuera de España de padre, madre o abuelo/abuela españoles que fueron exiliados y salieron de España por motivos políticos, ideológicos o de creencia o de orientación e identidad sexual; y que por dicho exilio perdieron o renunciaron a su nacionalidad española. Sus hijos o nietos podrán solicitar la nacionalidad por el Artículo 20 del código civil.

Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

HIJOS DE MUJERES ESPAÑOLAS QUE PERDIERON SU NACIONALIDAD AL CASARSE

Los hijos/as nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

HIJOS DE ESPAÑOLES POR LA LEY DE MEMORIA HISTÓRICA (LEY 52/2001)

Los hijos/as mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a la ley de Memoria Histórica (Disposición Adicional Séptima de la Ley 51/2007 de 26 de diciembre).

BRIGADISTAS Y SUS DESCENDIENTES

Los voluntarios (y sus descendientes) integrantes de las Brigadas Internacionales (brigadistas), que participaron en la Guerra de 1936 a 1939. En este caso, podrán adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza.

Información importante:

Dentro de las dudas que más se reiteran, se encuentra la pregunta referente al plazo para hacer el trámite y si una vez realizado el mismo, se puede nacionalizar a los hijos del solicitante principal.

Esta ley establece un plazo de 2 años para que el solicitante realice el trámite (plazo vence en octubre del 2024). Es necesario contemplar que existen una serie de documentos a conseguir previo a formalizar la presentación ante el Consulado.

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